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Resolución 3461 de 2025: Nuevas reglas para los Comités de Convivencia Laboral

El 1 de septiembre de 2025, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3461, que deroga las normativas anteriores (Res. 652 y 1356 de 2012) y define nuevos lineamientos para la conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral en el país.

Este blog explica lo que necesitas saber, por qué es relevante y cómo adecuar tus procesos internos para cumplir con la normativa.

¿Qué establece la Resolución?

  • Define cómo deben conformarse los Comités según el tamaño de la empresa:

    • <5 trabajadores: 1 representante del empleador y 1 representante de los trabajadores (sin suplentes)

    • 5 a 20 trabajadores: 1 representante + 1 suplente por empleador y trabajadores

    • >20 trabajadores: 2 representantes + 2 suplentes por cada parte.

  • Obliga a conformarlos también en empresas con múltiples sedes, con un comité central y otro por cada centro de trabajo.

  • Establece reglas claras de elección: los empleadores designan sus representantes, los trabajadores los eligen mediante votación secreta y pública.
  • Fija una vigencia de dos años, prorrogable, y regula el reemplazo con suplentes sin necesidad de nuevas elecciones.

Resolución 3461 de 2025

Principales funciones y responsabilidades

La resolución le asigna al Comité un rol preventivo, conciliador y orientador en la gestión del acoso laboral y otros conflictos, sin facultad para declarar su existencia.

Debe:

  • Recibir y tramitar quejas bajo criterios de confidencialidad y debido proceso

  • Elaborar un reglamento interno que incluya acuerdos de confidencialidad

  • Realizar seguimiento mensual de compromisos y recomendaciones

  • Presentar informes trimestrales y anuales con estadísticas y propuestas a la alta dirección.

¿Por qué esta normatividad es clave?

  • Actualiza la normatividad en materia de acoso laboral, alineándose con compromisos internacionales como el Convenio 190 de la OIT.

  • Refuerza la transparencia y el protocolo en entornos laborales.

  • Apunta a proteger la salud mental, prevenir agresiones y garantizar mecanismos efectivos de atención.

Resolución 3461 de 2025 comité de convivencia laboral

¿Tu empresa debe actuar ahora?

Sí, si cumples con alguno de estos criterios:

  • Tienes uno o más trabajadores

  • Tienes varios centros de trabajo

  • Tu Comité actual está desactualizado o funcionando según normas anteriores

Lo ideal es:

  1. Diagnosticar y, si aplica, reformular tu Comité

  2. Redactar el reglamento interno

  3. Realizar la elección o designación actualizada

  4. Capacitar y entrenar en funciones de prevención de acoso

  5. Implementar seguimiento y reportes regulares

Asegura la convivencia laboral y el bienestar de tu equipo

En Disponemos S.A.S., te acompañamos para que conformes, entrenes y operes correctamente tu Comité de Convivencia Laboral según la Resolución 3461 de 2025.

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